Chile: empieza la actualización del Estado

GUILLEM PURSALS

El Estado de la República de Chile conserva aún las bases rectoras de 1833, y el llamado orden portaliano, creado e ideado por una de las figuras más trascendentes de la historia chilena, Diego Portales y Palazuelos. Su ideal configuraba un Estado fuerte, conducido de manera magnánima por un presidente de la República que dirigía el país con el apoyo de una aristocracia limitada, pues el pueblo no sabía lo suficiente para cuidarse a sí mismo. Una dictadura romana, con el respaldo de una Constitución Política para amparar jurídicamente los actos y los hechos.

Esta concepción fue desapareciendo, y después de las guerras internas entre facciones, las crisis políticas y los problemas sociales, en 1925 el jurista José Maza Fernández recuperó de la Constitución Política de 1925 el presidencialismo actual. Dándole al presidente poder por encima del legislativo, pues consideró que las cámaras legislativas generaban más problemas que soluciones. Esta constitución, aunque muy amplia en derechos ciudadanos, no dejaba de proteger al Estado en última instancia. En 1980, Augusto Pinochet y la Junta Militar redactaron la Constitución Política de 1980, un traje a medida a la dictadura militar, en la que el Estado y las Fuerzas Armadas quedaban protegidas. Realmente no cambiaba nada de la de 1833, ni de la de  1925, solamente la retórica y que, por motivos contextuales, las necesidades del Estado no son las mismas en cien años.

Este planteamiento del Estado actualmente ya está obsoleto en cualquier democracia liberal porque la ciudadanía reclama más derechos y un papel central en la política. Es por ello por lo que el Estallido Social, nombre que reciben las protestas que han generado esto, llegó a un punto culmen cuando se pasó de quejarse por el precio del bus, a reivindicar una nueva Constitución Política. El uso de la violencia por parte del Estado quedaba indemne según la ciudadanía aun cuando se ejercía de manera descontrolada, generó que el problema cambiase, ya no era el precio del metro de Santiago el problema, ni el coste de vida, era el Estado.

Un Estado que, tal como está articulado y consolidado, se protege más en última instancia a él que no a los ciudadanos que protesten contra él. Además, en ningún caso se trataba de subvertir el orden, hacer una rebelión o nada parecido, sino de conseguir que el Estado se implicase con la gente y sus problemas. Y de hecho el espíritu de la Comisión Constituyente es establecer una nueva Constitución Política que se centre en el ciudadano, y es por eso por lo que tiene un gran número de independientes como redactores, y al mismo tiempo también tiene  las facciones gubernamentales, quizás por ser más reacias a ello, sumado a la crítica social, sean la facción redactora minoritaria.

Aunque mediáticamente sean las reivindicaciones sociales las que sobresalen en este debate, hay otras que también son igual, o casi igual de importantes que esta. La forma del Estado, los límites de este, como se consolidará el nuevo institucionalismo, el encaje de los pueblos originarios o incluso el centralismo jacobino actual.

Sin duda la tradición política lleva el país a una tendencia presidencialista, aunque hay sectores que piden suprimirlo, o modificarlo hacia un sistema semi-presidencialista o incluso parlamentario. El problema que tiene el presidencialismo en Chile es que cuando se redactaron las Constituciones Políticas de 1925, y la de 1980, el poder y relevancia del presidente de la República eran los que los presidentes de aquel momento, Alessandri y Pinochet querían para solucionar los problemas internos. Actualmente carece de importancia o relevancia social, porque tras el Estallido Social, el presidente Piñera ha quedado relevado a un papel de gestor de la Administración. Y, por lo tanto, el poder presidencial, ya no es relevante realmente. Con el proceso de reforma constitucional toda la importancia ha recaído en el Senado y la Cámara de Diputados, así que las circunstancias también han desdibujado más el poder presidencial. Como consecuencia de todo ello, se abrirá el debate sobre la figura del presidente de la Republica en el nuevo orden constitucional.

Vinculado a ello también se abrirá el debate sobre si hay que seguir con el bicameralismo, o no. La Constitución Política de 1980 estableció el Senado como un mecanismo de salvaguarda de lo que hiciese la Cámara de Diputados, así frenar cualquier reforma en un proceso democrático o contrario al régimen cívico-militar. Es por ello que había 26 senadores designados democráticamente, y cuatro senadores designados por el Consejo de Seguridad Nacional (Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile), tres senadores designados por la Corte Suprema y dos Senadores designados por el presidente de la República. Así que había 26 senadores electos, y 9 no electos. Como han comentado muchas veces expertos constitucionalistas, la Constitución Política de 1980 no estaba pensada solamente para vestir jurídicamente el régimen, sino para que este continuase vigente después de la caída de este.

Esto tiene como consecuencia no solamente que el institucionalismo tenga predominancia sobre la esfera civil, sino que incluso después de múltiples reformas democratizadoras, el Estado tiene el mismo poder por la misma Constitución Política. Es por ello por lo que uno de los aspectos fundamentales de esta reforma constitucional, o redacción constituyente, será el volver al sistema unicameral, para reforzar el poder legislativo y ampliar el poder del ciudadano sobre el día a día político.

En la misma dirección va la reforma del Tribunal Constitucional. La nominación actual de los miembros del Tribunal Constitucional recae en su mayoría en el presidente de la República y en la Corte Suprema. De un total de diez miembros, tres son electos por el presidente de la República, tres por la Corte Suprema, dos por el senado, y dos más por la Cámara de Diputados. Se necesita 2/3 en cada cámara para nominar a los jueces. Eso provoca que siempre haya una mayoría conservadora o conservativa en el propio tribunal. Es por ello por lo que existe el debate también sobre si reformar la nominación de los cargos, o directamente suprimirlo, ya que es reciente, de 1970, y volver a que la Corte Suprema de Chile sea quien establezca la constitucionalidad o no de las leyes.

Además de las propias instituciones, se está planteando un cambio en la propia concepción social del Estado. Pinochet armó un Estado subsidiario, allí donde no llegase el mercado, llegaba el Estado. Y aquí surge el problema actual, pues estamos en un período de crisis social. El Estado Chileno tiene potestad constitucional para llegar a nacionalizar sectores enteros, pero al mismo tiempo para solamente actuar cuando el mercado falla. Y aquí surge el dilema actual, cuando se considera que el mercado falla para que tenga que intervenir el Estado. Es por ello por lo que existe un clamor sobre consolidar un Estado no solamente social a nivel constitucional, sino un Estado de Bienestar.

En la constitución de un Estado de Bienestar para Chile surge el problema de derechos existentes, y los derechos necesarios. Problemas como los derechos de los pueblos originarios, su papel en la nueva sociedad y el nuevo Estado es fundamental. Es cierto que tienen un escaño en la Asamblea Constituyente cada uno de ellos, y la ciudadanía es consciente de que existe un problema en la chilenización de los pueblos originarios, y su necesario reconocimiento como parte fundacional del Estado y parte integrante de la ciudadanía.  Pero se tiene que plasmar en el nuevo articulado constitucional. El conflicto de La Araucanía no se puede resolver por la fuerza de las armas, como hasta ahora, pues solamente genera una escalada sin fin, sino que se tiene que reconducir hacia vías de dialogo. Los derechos de los mapuches, y los otros pueblos originarios, son fundamentales para conseguir una paz social y no construir un nuevo Estado contra nadie.

En conclusión, Chile empezará el próximo día 4 de julio un proceso de actualización del Estado, en el que todo se pondrá en duda ya sea para consolidar lo existente en algunos aspectos, o para cambiar aquello que se considera obsoleto. Será un proceso que durará nueve meses, y que concluirá con un plebiscito nacional sobre el nuevo texto. Este es un momento constituyente único en América Latina, y en el mundo, pues los redactores del nuevo texto constitucional no son un comité de expertos nombrados por cada partido político, ni un comité jurídico, ni gente elegida indirectamente, serán personas electas, muchas de ellas sin experiencia política, que no forman o han formado parte de ninguna organización política. Y los que los integrantes que son constituyentes que forman parte de partidos también han sido electos democráticamente. Para muchos es un experimento arriesgado, para otros una necesidad imperante para recuperar la confianza política y el prestigio de las instituciones.

De momento desde el Perú, país vecino, ya han tomado nota del proceso chileno, y parte del Congreso de la República del Perú, en especial las facciones izquierdistas, ya apuntan a solicitar una nueva Constitución Política, porque igual que la de Chile, la de Perú actual fue escrita por el Fujimorismo y la dictadura cívico-militar establecida por Alberto Fujimori en 1992. Tendremos que seguir atentamente lo que suceda en Chile.

 

Guillem Pursals es Politólogo y Máster en Seguridad. Analista de Relaciones Internacionales y Conflictos (@GPursals ‏)